25 de agosto de 2025
Para su consideración:
En nuestra entrega anterior, analizamos la introducción de las «Cuentas Globales», una muralla jurídica para la protección de los activos de los clientes. Hoy, iniciamos un nuevo y crucial módulo temático enfocado en el nuevo cálculo del riesgo, comenzando con una de las adiciones más importantes del Proyecto de Ley “Mercado de Valores y Productos” (el “Proyecto LMVP”) para la integridad del sistema: la alineación con los estándares globales de prevención de delitos financieros.
El Artículo 47 del Proyecto LMVP introduce un nuevo y contundente criterio de exclusión para quienes deseen ser accionistas en entidades supervisadas:
Se prohíbe explícitamente ser accionista a quienes estén «comprendidos en las listas de sanciones financieras vinculadas al lavado de dinero, al terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.»
Este es un agregado fundamental y moderno. Las leyes derogadas centraban las inhabilidades principalmente en causas locales, como condenas penales, declaraciones de quiebra o deudas con el fisco, pero carecían de una referencia tan directa y explícita a las listas de sanciones financieras internacionales (como las emitidas por la OFAC de EE.UU. o las Naciones Unidas).
La inclusión de esta inhabilidad alinea la regulación del mercado de valores paraguayo con los más altos estándares internacionales de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (PLA/FT).
- Fortalecimiento de la Integridad del Mercado: Esta medida actúa como un filtro de entrada crucial. Impide que personas o entidades sancionadas a nivel internacional puedan utilizar el mercado de capitales paraguayo como un vehículo para legitimar fondos o eludir restricciones, fortaleciendo así la reputación e integridad de todo el sistema financiero local.
- Facilitador de Relaciones Internacionales: Para un país que busca atraer capital global, este punto es indispensable. Facilita enormemente las relaciones con la banca corresponsal internacional y con los inversores institucionales extranjeros (fondos de pensión, gestoras de activos, etc.), quienes están legalmente obligados a realizar una debida diligencia exhaustiva y a evitar cualquier tipo de relación con personas o entidades sancionadas.
- Señal de Compromiso Regulatorio: La adopción de esta norma es una señal clara a la comunidad internacional del compromiso de Paraguay con la transparencia y la lucha contra los delitos financieros. Es un paso necesario para ser considerado un mercado maduro, confiable y seguro para la inversión.
Esta adición, aunque técnica, es una de las más importantes para la inserción de Paraguay en el circuito financiero global. Protege al mercado de actores de alto riesgo y genera la confianza necesaria para atraer capital de primer nivel.