22 de agosto de 2025
Para su consideración:
En nuestra entrega anterior, cerramos el módulo sobre la expansión del mercado analizando el nuevo marco para las finanzas sostenibles. Hoy, iniciamos un nuevo bloque temático enfocado en el ecosistema de la intermediación, comenzando con una de las innovaciones más significativas del Proyecto de Ley “Mercado de Valores y Productos” (el “Proyecto LMVP”): la creación y regulación formal de la figura del «Asesor de Inversión» como una profesión independiente.
Este cambio no es una simple modificación; es la creación de una nueva categoría de participante en el mercado, con profundas implicancias para la protección del inversor y los modelos de negocio existentes.
El Artículo 125 del Proyecto LMVP establece un marco claro: «Las personas que deseen brindar el servicio de asesoramiento de inversión dentro del territorio nacional deberán someterse a esta Ley y las normas reglamentarias… Los asesores de inversión podrán administrar carteras de inversión de clientes… para lo cual deberán contar con el poder correspondiente.»
Esta es una evolución sustancial respecto al marco anterior. La Ley N° 7162/23 (Art. 15) había introducido de forma incipiente el concepto de «asesoramiento bursátil» y la necesidad de un registro, pero sin un desarrollo detallado. Previamente, la Ley N° 5810/17 (Art. 105) solo mencionaba la asesoría como una de las facultades de las Casas de Bolsa, pero no la regulaba como una profesión autónoma y supervisada.
La formalización de la figura del Asesor de Inversión es uno de los agregados más disruptivos del proyecto, con un triple impacto:
- Aumenta la Protección al Inversionista: Al crear una categoría profesional regulada, la ley establece por primera vez estándares de idoneidad, responsabilidad y un código de conducta para quienes recomiendan inversiones. Esto significa que el asesoramiento deja de ser una actividad informal para convertirse en una profesión con deberes fiduciarios claros hacia el cliente. El inversionista ahora cuenta con un marco legal para exigir responsabilidad por un mal asesoramiento.
- Crea una Nueva Categoría de Negocio: La ley abre formalmente el mercado a la aparición de firmas de asesoría independientes (conocidas internacionalmente como IFAs – Independent Financial Advisors). Esto tiene el potencial de desvincular el asesoramiento de la mera ejecución de órdenes, permitiendo a los inversores acceder a consejos objetivos que no estén necesariamente ligados a los productos que una casa de bolsa específica distribuye. Es la creación de un nuevo frente competitivo.
- Obliga a las Casas de Bolsa a Recalibrar su Modelo: Para las Casas de Bolsa, este cambio es un desafío directo. Deberán (1) registrar y capacitar formalmente a todo su personal que brinde asesoría bajo este nuevo y más exigente régimen, y (2) enfrentar una nueva competencia de asesores independientes que podrían disputarles clientes. El servicio de asesoría, que antes podía ser un valor agregado informal, ahora se convierte en una línea de negocio regulada, con mayores costos de cumplimiento y una presión competitiva renovada.
De esta manera, la ley no solo regula una actividad; redefine el panorama de la intermediación y el consejo financiero en Paraguay, elevando los estándares y abriendo la puerta a nuevos modelos de negocio.