Análisis del Proyecto de Ley “Mercado de Valores y Productos” (Parte 5) – La Desmaterialización Obligatoria

14 de agosto de 2025

Para su consideración:

En nuestra entrega anterior, analizamos la introducción de herramientas de intervención temprana que transforman la filosofía de supervisión del regulador. Hoy, iniciamos un nuevo módulo temático enfocado en la modernización del gobierno corporativo, comenzando con una de las reformas más estructurales para las empresas que cotizan en bolsa: la obligatoriedad de las acciones escriturales.

Este cambio, aunque técnico en apariencia, es un paso fundamental hacia un mercado de capitales más ágil, seguro y eficiente.

El Proyecto de Ley “Mercado de Valores y Productos” (el “Proyecto LMVP”) impone un nuevo estándar para la representación del capital de las Sociedades Anónimas Emisoras de Capital Abierto (SAECA).

  • Artículos 94 y 102 del Proyecto LMVP: Establecen de forma categórica que el capital de las SAECA «estará representado por acciones escriturales, las cuales se representan por anotaciones en cuenta» y que su registro se llevará en Cajas de Valores.

Esta disposición representa una modificación sustancial respecto al régimen anterior. La Ley N° 5.810/17 (Arts. 8, 124 y 136) era más flexible, ya que permitía que las acciones nominativas estuvieran representadas en títulos físicos (cartulares), mientras que contemplaba el registro de acciones escriturales como una opción que dependía de lo que facultaran los estatutos de la sociedad.

La eliminación de la posibilidad de emitir acciones físicas para las empresas que cotizan en bolsa fuerza la desmaterialización total de sus títulos. Este es un paso decisivo hacia la modernización integral del mercado de renta variable paraguayo.

  1. Agilidad y Eficiencia: La principal consecuencia es una drástica aceleración en los procesos de transferencia, compensación y liquidación de acciones. Las operaciones basadas en anotaciones en cuenta son instantáneas, eliminando la logística, los costos y los riesgos asociados al manejo de certificados físicos.
  2. Reducción de Costos Operativos: Para los emisores, intermediarios e inversores, la desmaterialización reduce significativamente los costos de emisión, custodia, endoso y registro de títulos, simplificando la administración del capital social.
  3. Aumento de la Seguridad y Transparencia: Las anotaciones en cuenta en un registro centralizado como una Caja de Valores ofrecen un nivel de seguridad y trazabilidad muy superior al de los títulos físicos, que son susceptibles de pérdida, robo o falsificación. Esto aumenta la integridad y la transparencia del mercado, un factor clave para atraer a inversores institucionales que operan bajo estándares internacionales.

De esta manera, la ley no solo moderniza un procedimiento; impone un nuevo estándar de infraestructura de mercado que es un prerrequisito para un mercado de capitales más profundo, líquido y confiable.


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